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Notícias legales de Polonia
III trimestre 2009
DERECHO SOCIETARIO
Cambios en las sociedades anónimas
Mediante ley de 5 de diciembre de 2008 (que ha entrado en vigor el 3 de agosto de 2009) se ha modificado el Código de Sociedades Mercantiles así como la ley de comercialización de instrumentos financieros, a fin de modificar la normativa relativa a la sociedad anónima. Así, la asamblea general de accionistas podrá ser convocada por accionistas que representen el 5% del capital social (a diferencia del 10 % exigido hasta la fecha). Igualmente, la asamblea podrá ser convocada por el consejo de vigilancia (recordemos que en Polonia rige un sistema dualista en el gobierno de sociedades anónimas), sin deber contar con la aquiescencia del órgano de administración. Además, siempre que se prevea en el reglamento interno, los accionistas podrán votar en la asamblea usando medios de comunicación electrónica y de forma no simultánea, toda vez que hasta la fecha la votación sólo era posible sólo en el lugar en el que se celebraba la asamblea. Asimismo, cualquier accionista estará facultado para votar distintamente en un mismo asunto respecto a cada acción poseída, permitiéndose el split voting.
Adicionalmente, a partir del 3 de agosto de 2009, las sociedades cotizadas vienen obligadas a disponer de página web propia, donde publiquen, entre otros, comunicaciones sobre la convocatoria de asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, así como otros documentos y datos legalmente establecidos.
DERECHO CIVIL
Responsabilidad del vendedor
El pasado 21 de agosto de 2009 entró en vigor la ley de 21 de mayo de 2009, de modificación de la ley de condiciones particulares de venta y modificatoria del código civil. Esta disposición introduce cambios importantes respecto a la responsabilidad del vendedor hacia los consumidores por posible disconformidad del producto con el contrato. En adelante, el vendedor no responde por dicha disconformidad si en el momento de celebrarse el contrato, el comprador conocía dicha disconformidad o debería razonablemente haberla previsto en condiciones normales. El mismo principio será aplicable para la disconformidad del producto con el contrato a causa del material suministrado por el mismo comprador. La normativa precedente no apuntaba claramente al momento en el que el comprador debería conocer la disconformidad del producto con el contrato, lo que eximiría al vendedor de responsabilidad por dicha disconformidad.
DERECHO DEL TRABAJO
Medidas anti-crisis
El 22 de agosto de 2009 entró en vigor la modificación del código laboral polaco, modificación que se enmarca en el paquete de medidas anti-crisis[1], distinguiéndose, entre los cambios más importantes, los siguientes relativos a los contratos por tiempo determinado:
La modificación estará vigente hasta finales de 2011.
DERECHO TRIBUTARIO
Impuesto de la renta
El Parlamento polaco ha aprobado dos leyes que forman parte del paquete de medidas anti-crisis impulsadas por el Gobierno polaco: la ley de 1 de julio de 2009, sobre suavización de los efectos de la crisis financiera para los trabajadores y empresarios así como la ley de 17 de julio de 2009, de modificación de la ley del impuesto de la renta de las personas físicas.
La primera de estas leyes altera los criterios de deducción de los gastos soportados por el empresario en la formación de sus trabajadores. Los empresarios, así, podrán incluir en los gastos de obtención del beneficio también los pagos al fondo de formación. De esta forma, entre los gastos se contabilizarán dichas aportaciones al fondo y no sólo los gastos de los mismos cursos.
La ley de 17 de julio, en cambio, introduce nuevas exenciones a la relación de exenciones referida en el art. 21 de la ley del IRPF polaco. Se han introducido nuevas exenciones relativas a las cuotas satisfechas a los fondos de los sindicatos o la ayuda material pagada a los trabajadores (hasta un importe de 380 PLN).
[1] Más información: http://www.serrano.pl/pliki/POLSKA_wiadomosci_prawne_maj_czerwiec_2009_r.pdf.